Las ayudas de urgencia, a los efectos del presente reglamento son prestaciones económicas del sistema público de servicios sociales de carácter esencial, que tienen por finalidad resolver situaciones de urgencia que afecten a personas a las que sobrevengan situaciones de necesidad o falta continuada de recursos
Podrán beneficiarse de las ayudas de urgencia personas individuales, mayores de edad o menores emancipados, que constituyan una unidad de convivencia independiente, empadronadas en alguno de los municipios de la Comarca Central excepto en el municipio de Zaragoza.
La presentación de la solicitud implicará la aceptación para consultar y recabar los documentos elaborados por cualquier Administración. En el caso de que no se autorice a dicha consulta y no pueda hacerse la consulta telemática, se deberá aportar la documentación acreditativa de la situación especificada (Anexos III y Anexo I)
FORMA DE PRESENTACIÓN Las solicitudes podrán presentarse en el registro electrónico de la Comarca Central https://comarcacentral.sedelectronica.es/